C. DESTINATARIOS:
La población objeto del subprograma de reunificación son familias con menores sobre los cuales se ha adoptado medida protectora que ha implicado la separación temporal, en alguno de los siguientes supuestos:
a) Familias con menores en protección en las cuales el Servicio de Protección de Menores valora la existencia de indicios de recuperabilidad y la idoneidad de la reunificación familiar si se desarrolla un tratamiento específico para la superación de la problemática que ha ocasionado la separación.
b) Familias tratadas por el E.T.F por encontrarse los menores en situación de riesgo, en las que no se conseguieron los objetivos propuestos inicialmente, y la Comisión Técnica considera que la adopción de medida protectora puede suponer un punto de inflexión importante en la dinámica familiar.
No hay comentarios:
Publicar un comentario